La Dirección General de Salud Pública de Canarias ha emitido un comunicado oficial de fecha 29 de diciembre de 2020, de las medidas y normativas sanitarias para todas las islas bajo los semáforos de diferentes colores para Nochevieja.
El documento incluye medidas actualizadas para bares, restaurantes, horarios de cierre y capacidades. Aquí hay un resumen de este documento en su totalidad:
INFORMACIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS PARA LAS CELEBRACIONES DE FIN DE AÑO Y AÑO NUEVO EN CANARIAS, SEGÚN EL NIVEL DE ALERTA POR LA SITUACIÓN EPIDEMIOLÓGICA DE COVID-19
En el contexto de la pandemia de salud en la que nos encontramos y ante la extraordinaria movilidad y celebración que conlleva la temporada navideña, existe la necesidad de extremar las precauciones en las celebraciones de Nochevieja.
El Gobierno de Canarias aprobó un Acuerdo el 23 de diciembre de 2020 que actualiza las medidas preventivas, con la estrategia de actuación en función de la situación epidemiológica de cada territorio, estableciendo 4 niveles de alerta, de ahí las medidas específicas a adoptar durante la celebración de la Vacaciones de Navidad, necesarias por la extraordinaria movilidad y celebraciones que se producen en estas fechas.
En base a lo anterior, a partir de hoy con motivo de la celebración de Año Nuevo y Año Nuevo en nuestra Comunidad Autónoma, la Dirección General de Salud Pública recuerda las medidas preventivas que se deben tomar durante el Año Nuevo. Estas medidas son aplicables a todas las islas, con las adiciones que se indican para Tenerife y La Gomera teniendo en cuenta su situación epidemiológica en cuanto al nivel de transmisión del SARS-CoV-2, y por encontrarse en niveles de alerta 3 y 2, respectivamente.
MEDIDAS PREVENTIVAS PARA TERRITORIOS EN LUCES VERDES (La Palma, El Hierro, Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote, a partir del 29/12/2020)
– En las reuniones para celebrar cenas y almuerzos el 31 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021, no se superará el número máximo de 10 personas , excepto en el caso de convivencia, recomendando no exceder los dos grupos de convivencia.
– La limitación de la libertad de circulación de personas por la noche para Nochevieja se establece entre las 01:30 y las 06:00 .
– Se prohíben las fiestas, festivales y otros eventos populares que impliquen aglomeración de personas o desplazamiento de participantes que no se pueda controlar, como fiestas, conciertos, etc.
– En el caso de almuerzos o cenas en establecimientos de hostelería y restauración , estos podrán realizarse tanto en interiores como en espacios abiertos o terrazas sin superar el 75% de la capacidad autorizada en espacios interiores, o tanto exteriores como interiores, con la distancia de al menos 2 metros entre mesa y sillas contiguas y una ocupación máxima de 6 personas por mesa .
– Se entiende por espacio al aire libre o terraza los espacios descubiertos o cualquier espacio que, estando cubierto, esté rodeado lateralmente por un máximo de dos muros, muros o paramentos que no tengan cubierta lateral, o una superficie superior al 50% por cualquier tipo de estructura o material que impida o dificulte el paso del aire.
– Los clientes deben permanecer sentados a la mesa en todo momento, limitando los viajes a lo estrictamente necesario.
– Se prohíben las actividades que promuevan no mantener la distancia de seguridad interpersonal y el uso de máscaras como bailes, interacción, karaokes, etc., así como las actividades de la vida nocturna como barra libre, pistas de música y baile, etc.
– El cierre al público se establece a las 00:00 horas (la ampliación de la limitación de la libertad de circulación de personas por la noche no exime ni amplía el horario de cierre de establecimientos o actividades).
– Está prohibido fumar en terrazas u otros espacios exteriores dependientes del local o establecimiento.
– En el caso de almuerzos o cenas en establecimientos de alojamiento turístico las indicaciones contenidas en el apartado anterior, relativas a actividades de hoteles y restaurantes.
MEDIDAS PREVENTIVAS PARA TERRITORIOS EN SEMÁFOROS AMARILLOS (La Gomera, a 29/12/2020):
Se respetarán las medidas preventivas establecidas para los territorios con semáforo en verde, con los añadidos que se detallan a continuación:
– Se recomienda salir del hogar solo cuando sea necesario y evitar actividades en espacios cerrados que sean incompatibles con el uso de máscaras o en los que animen a mucha gente.
– En el caso de almuerzos o cenas en establecimientos de hostelería y restauración , además de lo indicado para los territorios con semáforo verde:
– No se puede superar el 75% de la capacidad autorizada en terrazas exteriores o el 50% en espacios interiores.
– El cierre al público se establece a las 11:00 horas (la ampliación de la limitación de la libertad de circulación de personas por la noche no exime ni amplía el horario de cierre de establecimientos o actividades).
– En el caso de almuerzos o cenas en establecimientos de alojamiento turístico
Las indicaciones contenidas en el apartado anterior, relativas a actividades de hoteles y restaurantes.
MEDIDAS PREVENTIVAS PARA TERRITORIOS EN SEMÁFORO ROJO (Tenerife, a 29/12/2020):
Se respetarán las medidas preventivas establecidas para los territorios con semáforo en verde, con los añadidos que se enumeran a continuación:
– Se recomienda salir del hogar solo cuando sea necesario y evitar actividades en espacios cerrados que sean incompatibles con el uso de máscaras o en los que animen a mucha gente.
– En las reuniones sociales y familiares en casas de la gente para celebrar la cena y el almuerzo en la 31 st de diciembre de 2020 y enero de 1 ª, 2021 el número máximo de 6 personas no se superará, excepto en el caso de la cohabitación, se recomienda que no exceda de dos grupos de convivencia.
– La limitación de la libertad de circulación de personas por la noche para Nochevieja se establece entre las 01:00 y las 06:00 .
– En el caso de almuerzos o cenas en establecimientos de hostelería y restauración, además de lo indicado para territorios con semáforo en verde:
– Solo se pueden utilizar espacios exteriores o terrazas y con una capacidad máxima del 50% de la capacidad autorizada.
– Se establece una ocupación máxima de 4 personas por mesa .
– El cierre se establece a las 11:00 horas (la ampliación de la limitación a la libertad de circulación de personas por la noche no exime ni amplía el horario de cierre de establecimientos o actividades).
– En el caso de almuerzos o cenas en establecimientos de alojamiento turístico se deberán respetar las indicaciones contenidas en el apartado anterior, relativas a hostelería y restauración, con la salvedad de que se permite el uso de las zonas interiores, con una capacidad máxima del 33%. , y exclusivamente para huéspedes alojados en el alojamiento.
Además de las medidas específicas anteriores, conviene recordar las medidas preventivas básicas:
– Ventilación.
– Uso obligatorio de máscara.
– Distancia de seguridad interpersonal.
– Higiene de manos.